Endurecen sanciones a quien provoque incendios forestales en NL

Ante el alto número de incendios registrados en Nuevo León, el Gobierno del Estado endureció las sanciones para quienes provoquen quemas y dañen zonas forestales; a la par, de redoblar la protección de estas áreas.

Para lo que, se modificó el decreto que establece zonas de veda para el uso de fuego, que se publicó el pasado 9 de febrero; las penas alcanzan hasta los dos años de cárcel.

El documento establece, además de prohibir el encendido de fogatas, previamente publicado, la restricción del uso de vehículos todo terreno de tres o cuatro ruedas en zonas de veda.

De igual forma, y para velar por la recuperación de los sitios incendiados, se reducirá el número de visitantes a los parajes naturales conocidos como las Adjuntas, Matacanes, e Hidrofobia, o demás aledaños, ubicados en el municipio de Santiago, en los términos que determinen las autoridades competentes.

Las personas que causen incendios forestales intencionales o imprudenciales podrán ser sujetas a las sanciones establecidas en la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Nuevo León; el Código Penal para el Estado de Nuevo León; o el Código Penal Federal.

Es así que, se impondrá pena de dos a 10 años de prisión y por el equivalente de 300 a tres mil días multa.

Además se prohibirá el ingreso de material que pueda ser utilizado para encender fogatas o fuego para consumo de alimentos a todo visitante en las zonas de veda de uso de fuego.